Ellunes pedí a mi médico de cabecera que me diera el alta que tenía por una baja a causa de una operación, pero el jueves fui a urgencias porque no me encontraba bien, me dieron un justificante de reposo de 48 horas y cita con mi médico de cabecera el lunes por la tarde. Mi pregunta es si debo ir a trabajar el lunes aunque me siga ElServicio de Salud es el encargado, a través del médico de cabecera, de emitir los partes de alta cuando considere que el trabajador se encuentra en Paraque el médico te dé la baja, debes cumplir ciertos requisitos. En primer lugar, debes padecer una enfermedad que te impida trabajar. En segundo lugar, debes presentar un informe médico que certifique tu estado de salud. Y en tercer lugar, debes haber agotado todas las posibilidades de tratamiento médico. Para poder acreditar tu Enel 100% de los centros. Madrid permitirá pedir cita médica en otro centro de salud cuando el médico de cabecera no esté disponible En la Tarjeta Sanitaria se MiMédico De Cabecera Me Quiere Dar El Alta Aun si en este momento no andas en situación de incapacidad temporal, pero lo has estado anteriormente, un abogado Holami situacion al dia de hoy es la siguiente, encontrandome de baja laboral,(soy funcionaria interina) a consecuencia de tener el menisco interno izquierdo ROTO, y repercutir al padecer en la otra rodilla contromalacia rotuliana bilateral, pues mi situacion se ha agrabado aun mas con unos dolores insoportables, Y REDUCIENDO MI Eltrabajador dejará de estar obligado a dar el parte de su baja médica a la empresa desde el 1 de abril. Noticia 06-01-2023 Europa Press. Los trabajadores que temporalmente estén incapacitados para desarrollar su actividad laboral dejarán de estar obligados a entregar a su empresa el parte médico de baja a partir del próximo 1 de Solicitéel alta voluntaria a la Seguridad Social, adjuntando un informe del médico de cabecera en el que indica que me encuentro mejor y solicito volver al trabajo. Lo hice Elque generalmente ocasiona más problemas: el alta médica. Una vez tu médico de cabecera o el INSS te da el alta, automáticamente se entiende extinguida la situación de baja médica y debes reincorporarte a tu puesto de trabajo. Por haber transcurrido el plazo de 545 días (18 meses). O llegados los 24 meses, el límite en cualquier caso. Clavesde la Gestión y control de los procesos por incapacidad temporal en los primeros 365 días. Dpto. Documentación Iberley. 6.83€. 6.49€. Conozca la comunicación de partes médicos de baja/alta y confirmación por incapacidad temporal y cómo se comunican los datos económicos al INSS. 8LIq.